RESUMEN:Las disposiciones jurídicas derogatorias no pueden existir después de que dejan de existir las disposiciones jurídicas que derogan. Es mejor considerar que son producto de actos derogatorios y meros "recipientes" de esos actos.TEXTUAL:(Atención: ésto lo dice Raz comentando la teoría de las disposiciones jurídicas en Bentham)
Aceptar la posibilidad de disposiciones jurídicas desobligat...