p. 31 Esto {el positivismo} significa que lo que especifica a la norma jurídica no es su materia o contenido, aquello sobre lo que versa. Esto es lo mismo que en el caso de las normas morales o sociales: conductas humanas. Las normas jurídicas se distinguen por algo formal y extrínseco a su contenido: la forma de vincular – coactivamente– y la forma de producirse –institucionalmente–. Pero, en ...