p. 67 La consecuencia jurídica señalada por la norma no es necesariamente un ejercicio de la coacción, porque la consecuencia no es jurídica, y no hace jurídica la norma, por ser un acto coactivo, sino por ser una atribución, una modificación de lo suyo de un sujeto. Esta modificación puede ser positiva o negativa, un beneficio o un perjuicio, y el supuesto de hecho que es condición de esa alte...