p. 360 La propuesta de Alexy tiene, sin duda, el mérito de denunciar la estrechez del concepto cartesiano de racionalidad, de reivindicar una racionalidad dialógica y argumentativa –no deductiva– para el conocimiento jurídico, y de reconocer que la posibilidad de esta racionalidad depende también de condiciones pragmáticas, las cuales, en el fondo, afectan tanto al ser de la actividad misma, cu...