RESUMEN:
La ley de Dios y cómo ha de entenderse la expresión "derecho natural".


TEXTUAL:
Se denomina con frecuencia ley de la naturaleza, o derecho natural, a la totalidad o a una parte de las leyes puestas por Dios a los hombres: en realidad en esto consiste la única ley natural de la que es posible hablar sin recurrir a metáforas o sin mezclar objetos que deberían distinguirse claramente. Pero al haber rechazado la expresión "Ley de la Naturaleza" por ser ambigua y confusa, llamo a aquellas reglas o leyes, consideradas en su totalidad o en bloque, la ley divina o la ley de Dios.


COMENTARIO:
Austin ensaya una definición de derecho natural como parte de la ley divina (puesta por Dios a los hombres). Importante precisión que fundamentará una parte sustancial de su explicación posterior.


FUENTE:
AUSTIN, John: El objeto de la jurisprudencia, Ed.Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2002 Madrid p. 34


FUENTE AMPLIADA:
AUSTIN, John: El objeto de la jurisprudencia Ed. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2002


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