[La política de reconocimiento tiende a buscar lo común entre los diferentes para hacer posible la vida política.]
p. 59 Al hablar de la política del reconocimiento, estamos hablando del reconocimiento político de las diferencias culturales, es decir, de cómo valorar políticamente las diversas culturas de una sociedad, no de cómo valorarlas culturalmente. La valoración cultural y la valoración política de las diferentes culturas no tienen por qué coincidir, y la primera no es el criterio para la segunda. Como el mismo Kymlicka reconoce, no es el valor de la diversidad cultural misma lo que justifica los derechos de las minorías[47]. El valor que está en juego directamente es el de la justicia o la igualdad, no el de la diversidad. Por su parte, Susan Wolf señala que el reconocimiento de las otras culturas no se basa en el supuesto valor de esas culturas, ni tiene por objeto enriquecer nuestro acervo cultural; se basa en el hecho de que esas culturas son también culturas de miembros de nuestra comunidad, y tiene por objeto reconocer y respetar a todos los miembros de nuestra comunidad[48]. Habría que añadir que esa comunidad es, obviamente, la comunidad política. También Kymlicka admite que para que el reconocimiento de las diferencias aparezca como algo positivo –para que quede justificado– se precisa la existencia de una previa solidaridad común entre los portadores de las diferentes culturas[49].
Vemos, pues, que la cuestión de reconocer o no las diferencias culturales y –en caso afirmativo– de qué modo reconocerlas, no puede quedar decidida sin antes constituir una comunidad política y definir su contenido: la res publica. El reconocimiento de esas diferencias exige previamente el reconocimiento político y la solidaridad política. Para reconocer –políticamente– a los demás en su cultura, es preciso reconocerlos primero en nuestra común identidad política.
[47] KYMLICKA, op. cit., pp. 170-174
[48] Susan WOLFF, "Comentario", en Charles TAYLOR, El multiculturalismo..., op. cit., pp. 116 y 118
[49] Will KYMLICKA, op. cit., p. 261