RESUMEN:
El objeto de la prudencia es lo operable o agible bajo su formalidad de verdad; pero lo operable bajo la formalidad de bien es objeto de las virtudes morales.


TEXTUAL:
ob 3. Y también: Toda virtud especial tiene también un objeto especial. Pero la prudencia no tiene objeto especial porque, según el Filósofo en VI Ethic. 29, es la recta dirección de lo que se debe hacer, y esto atañe a todas las obras de virtud. Luego la prudencia no es virtud especial.



ad 3. A la tercera hay que decir: Lo operable es en cierta manera materia de la prudencia en cuanto que es objeto de la razón, es decir, BAJO LA FORMALIDAD DE VERDAD. Pero es materia de las virtudes morales en cuanto objeto de la virtud apetitiva, es decir, BAJO LA FORMALIDAD DE BIEN.



FUENTE:
Suma de Teología II-II q.47, a.5


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)


CLAVES: Prudencia > Objeto propio > Lo operable bajo la formalidad de verdad