RESUMEN:
Para el cristianismo los pecado cuyo objeto mismo sea una agresión al prójimo, esos son los pecados propiamente sociales.


TEXTUAL:
118 Algunos pecados, además, constituyen, por su objeto mismo, una agresión directa al prójimo. Estos pecados, en particular, se califican como pecados sociales. Es social todo pecado contra la justicia en las relaciones entre persona y persona, entre la persona y la comunidad, y entre la comunidad y la persona. Es social todo pecado contra los derechos de la persona humana, comenzando por el derecho a la vida, incluido el del no-nacido, o contra la integridad física de alguien; todo pecado contra la libertad de los demás, especialmente contra la libertad de creer en Dios y de adorarlo; todo pecado contra la dignidad y el honor del prójimo. Es social todo pecado contra el bien común y contra sus exigencias, en toda la amplia esfera de los derechos y deberes de los ciudadanos. En fin, es social el pecado que «se refiere a las relaciones entre las distintas comunidades humanas.(...).


FUENTE:
IUSTITIA ET PAX, Pontificio Consejo: Compendio de doctrina social de la Iglesia (Libro) , , Ed.Planeta, 2005 Barcelona n.118


FUENTE AMPLIADA:
IUSTITIA ET PAX, Pontificio Consejo: Compendio de doctrina social de la Iglesia Ed. Planeta, Barcelona, 2005


CLAVES: Pecado > Pecado social > Qué es propiamente