[Maritain argumenta que hay derechos absolutos, como el derecho a la vida, pero cuyo "ejercicio" puede quedar limitado por un interés común, y justifica así la pena de muerte.]
p. 320 El derecho existiría por mucho que su ejercicio se viera restringido o, incluso, eliminado en una situación concreta. Según Maritain, el derecho a la vida existe y es inalienable, aun cuando, en algún caso, sea justa la pena de muerte. Con esta pena no se estaría privando al condenado del derecho a la vida, sino que sólo se le estaría impidiendo ejercerlo[1]. Es patente que el derecho a la vida no tiene ningún sentido y ninguna realidad más allá de su mismo ejercicio. La pena de muerte –y cualquier forma de poner en peligro la vida de otro– sólo puede ser lícita si el derecho a la vida no es absoluto. Y lo mismo puede decirse de cualquier otro derecho. La carencia completa y permanente del ejercicio de un derecho significa la carencia del derecho mismo.


[1] Jacques Maritain, El hombre y el Estado, Guillermo Kraft, Buenos Aires, 1956, p. 122.