RESUMEN:
Las leyes humanas generan tanta costumbre al ser observadas, que sólo deben ser derogadas y sustituidas por otras cuando de dicho cambio se derive un bien mucho mayor que el mal que se causa al contradecir los hábitos de la mayoría de la gente.


TEXTUAL:
Solución. Hay que decir: Según ya vimos (a.1), en tanto es legítimo cambiar una ley en cuanto con su cambio se contribuye al bien común. Ahora bien, por sí mismo, el cambio de las leyes comporta ciertos riesgos para el bien común. Porque la costumbre ayuda mucho a la observancia de la ley, tanto que lo que se hace en contra de la costumbre ordinaria, aunque sea más llevadero, parece más pesado. Por eso, cuando se cambia una ley se merma su poder de coacción al quitarle el soporte de la costumbre. De aquí que la ley humana no debe cambiarse nunca a no ser que, por otro lado, se le devuelva al bien común lo que se le sustrae por éste. Lo cual puede suceder, ya porque del nuevo estatuto deriva una grande y manifiesta utilidad, ya porque el cambio se hace sumamente necesario debido a que la ley vigente entraña una clara iniquidad o su observancia resulta muy perjudicial. Por eso dice el Jurisconsulto6 que la institución de nuevas leyes debe reportar una evidente utilidad que justifique el abandono de aquellas otras que durante mucho tiempo fueron consideradas equitativas.


FUENTE:
Suma de Teología I-II q.97, a.2, s.


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología, I-II Ed. Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1989


CLAVES: Ley humana o positiva > Mutabilidad > Inconvenientes