p. 128 Entender el derecho como esencialmente vinculado al bien común político supone rechazar el dogma normativista, heredado de Kant, de que lo normativo no puede tener como fundamento algo que no sea, a su vez, normativo, que es el dogma que conduce al normativismo, casi indefectiblemente, al formalismo. Como ya se ha señalado, el normativismo hereda la idea kantiana de que la validez y la fuerza imperativa de la norma no pueden residir en la relación de la norma con una realidad –un bien– que sea objeto del deseo o interés del sujeto al que la norma obliga. Esto hace que, para el normativismo, la norma sea tal de manera puramente formal y objetiva, al margen de su contenido y de lo que éste representa para el mismo sujeto de la norma, y obliga a buscar, como fundamento último de lo normativo, una norma suprema, que necesariamente ha de ser una norma absoluta y que, a la postre, sólo cabe postular.
Efectivamente, una norma absoluta es una norma que sólo puede ser un postulado gratuito, pues, por definición, una norma absoluta no puede tener fundamento o justificación. En realidad, una norma absoluta es imposible e irracional: es una norma de la que no cabe dar razón[1]. Prueba de ello es que, al final –como hemos visto–, la norma que es fuente de la normatividad de toda norma, de la fuerza que cualquier norma tiene con independencia de lo que su contenido signifique para el sujeto, acaba consistiendo en un puro factum, en el puro y pragmático atenimiento a lo dado empíricamente. La norma suprema y absoluta acaba siendo la expresión de lo que de hecho se hace, porque una norma puramente formal, vacía de todo contenido, es incapaz de explicar la realidad de las acciones que, supuestamente, serían conformes con esa norma, por lo que, al final, esa norma, para poder ser reconocida como razón de algo real, de la creación de alguna norma real, necesita dotarse de algún contenido, y el único contenido que no exige justificación es aquello que consiste en un hecho. Pero lo puramente fáctico no puede tener carácter normativo.



[1] 8. Alfredo Cruz Prados, Deseo y verificación, op. cit., pp. 32-34.