RESUMEN:
La justicia no es un medio entre dos vicios: entre tomar de más para sí y tomar de menos
TEXTUAL:
ARTÍCULO XIII En decimotercer lugar se pregunta si la virtud consiste en un medio


12. Además, si la virtud consiste en un medio, no es sino en un medio entre dos vicios. Pero esto no conviene a toda virtud moral, pues la justicia no se halla entre dos vicios, sino que tiene un solo vicio opuesto. En efecto, esto es lo vicioso: que [alguien] reciba más de lo que es suyo, pero que se quite a alguien de lo que es suyo, es sin su vicio. Por lo tanto, la naturaleza de la virtud moral no consiste en un medio.

12. A LO DUODÉCIMO se ha de decir que la justicia no alcanza el medio en las cosas exteriores, en la cuales el hombre toma de más para sí por desorden de la voluntad; de ahí que sea vicioso. Pero que algo de lo propio le sea quitado, está fuera del alcance de su bondad, por lo cual, no implica desorden vicioso en él mismo. Ahora bien, están en nosotros las pasiones del alma, a propósito de las cuales hay algunas otras virtudes; por lo cual, también el exceso y la deficiencia hacen al hombre ceder al vicio. Y por esto hay algunas virtudes morales entre dos vicios; pero no [en el caso de] la justicia, la que sin embargo tiene medio en la propia materia, lo que de suyo corresponde a la virtud.

FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Cuestón disputada sobre la virtud (Libro) , , Ed.Eunsa, 08/2000 Pamplona XIII
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Cuestón disputada sobre la virtud Ed. Eunsa, Pamplona, 2000
CLAVES: Justicia > El término medio de la justicia