Justicia > Distributiva
RESUMEN:
El sujeto de la justicia distributiva no es sólo el Príncipe, sino todo particular que esté al frente de cualquier comunidad y tenga que repartir algo que es común; y también todos los miembros de la comunidad viven la justicia distributiva en la medida en que se conforman con el reparto que hace el gobernante.
El sujeto de la justicia distributiva no es sólo el Príncipe, sino todo particular que esté al frente de cualquier comunidad y tenga que repartir algo que es común; y también todos los miembros de la comunidad viven la justicia distributiva en la medida en que se conforman con el reparto que hace el gobernante.
TEXTUAL:
ob 3. Y también: la justicia no sólo está en el príncipe, sino también en los súbditos, como se ha señalado antes (q.58 a.6); mas el distribuir pertenece siempre al príncipe. Luego la distribución no pertenece a la justicia.
ad 3. A la tercera hay que decir: Que el acto de la distribución, que es propio de los bienes comunes, pertenece solamente al que está al frente de los bienes comunes; pero la justicia distributiva se halla también en los súbditos a quienes se les distribuyen aquéllos, en cuanto que, sin duda, están contentos con la justa distribución. Aunque también se hace a veces la justa distribución de los bienes comunes, no para una ciudad, sino para una sola familia, cuya distribución puede hacerse por la autoridad de una persona privada.
ob 3. Y también: la justicia no sólo está en el príncipe, sino también en los súbditos, como se ha señalado antes (q.58 a.6); mas el distribuir pertenece siempre al príncipe. Luego la distribución no pertenece a la justicia.
ad 3. A la tercera hay que decir: Que el acto de la distribución, que es propio de los bienes comunes, pertenece solamente al que está al frente de los bienes comunes; pero la justicia distributiva se halla también en los súbditos a quienes se les distribuyen aquéllos, en cuanto que, sin duda, están contentos con la justa distribución. Aunque también se hace a veces la justa distribución de los bienes comunes, no para una ciudad, sino para una sola familia, cuya distribución puede hacerse por la autoridad de una persona privada.
FUENTE:
Suma de Teología II-II q.61, a.1
Suma de Teología II-II q.61, a.1
FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología II-II (a) Ed. BAC, Madrid, 1995 (1271)
CLAVES: Justicia > Distributiva