RESUMEN:
El sentido vulgar del término derecho, como poder personal, suplanta al sentido de la ciencia jurídica tradicional; y la visión de la sociedad como un orden garantizado por el derecho, es reemplazada por un individualismo a ultranza, donde cada uno sólo busca su propio interés. Y así el egoLa desviación del sentido de la palabra jus hacia la idea de poder, caracteriza en la Edad Media el lenguaje de la práctica



TEXTUAL:
Tales desviaciones del sentido han podido multiplicarse en la práctica de la Edad Media, ya que en ella la doctrina de Aristóteles ha sido muy olvidada hasta el renacimiento tomista, y el Arte del Derecho está dormido. Durante toda la Alta Edad Media no existe trabajo creador de la Jurisprudencia en el sentido romano del término, de búsqueda doctrinal de lo justo. Se vive sobre lo dado por el pasado, sobre la costumbre, sobre los restos de la legislación romana. Y si el punto de vista del jurista no está representado (como consecuencia de la desaparición de la Ciencia jurídica), el del particular se apodera de ella. Cada uno establece la lista de sus derechos, de lo que considera tener del Derecho escrito – derechos del Emperador contra el Papa, derechos de los reyes contra sus súbditos (jura regalia), derechos de tal señor o de tal cuerpo o de tal clase de individuos– derechos que son como el contrafuerte de su poderío y que confunde más o menos con su poderío. En mi artículo yo comparaba esta suerte de confiscación del Derecho por los intereses egoístas con la actitud de los habitantes de la ciudad de Roma en la Edad Media, que despojaban las ruinas de los templos para construir con ellos cada uno su propia casa.

Y, sin duda, tras de las prácticas de los particulares se esconde una concepción del mundo: concepción antijurídica, en que el orden jurídico natural está olvidado y nadie cree en él y a nadie preocupa. Desde ese momento apunta el individualismo, consecuencia del derrumbamiento del Imperio Romano, pero, producto también, en ciertos aspectos, del pensamiento cristiano.


FUENTE:
MICHEL, VILLEY: Estudios en torno a la noción de derecho subjetivo, Ed.Ediciones Universitarias de Valparaíso; colección, 2008 LA GÉNESIS DEL DERECHO SUBJETIVO EN GUILLERMO DE OCCAM.


FUENTE AMPLIADA:
MICHEL, VILLEY: Estudios en torno a la noción de derecho subjetivo Ed. Ediciones Universitarias de Valparaíso; colección, , 2008


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