RESUMEN:
La costumbre, al proceder de la mayoría del pueblo, expresa mejor la voluntad de éste, que las leyes aprobadas por la mayoría.


TEXTUAL:
3. A la tercera hay que decir: La comunidad en la que surge la costumbre puede encontrarse en dos condiciones diferentes. Cuando se trata de una comunidad libre, capacitada para darse leyes, el consenso de todo el pueblo expresado en la costumbre vale más en orden a establecer una norma que la autoridad del príncipe, cuyo poder para crear leyes radica únicamente en que asume la representación del pueblo. Por eso, aunque las personas particulares no pueden crear leyes, sí puede hacerlo todo el pueblo. Si, en cambio, el pueblo no tiene la libre facultad de darse leyes ni de anular las que le impone una autoridad superior, aun entonces la costumbre que llega a prevalecer adquiere fuerza de ley al ser tolerada por quienes tienen el poder de legislar, pues con la simple tolerancia se entiende que aprueban lo que la costumbre introdujo.


FUENTE:
Suma de Teología I-II q.97, a.3, ad.3


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Suma de Teología, I-II Ed. Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1989


CLAVES: Costumbre > Carácter democrático de la costumbre