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Las reacciones iusnaturalistas que se han producido frente al predominio del positivismo jurídico, han sido, casi en su totalidad, reacciones surgidas en el seno del normativismo. Han sido, y siguen siendo, posturas iusnaturalistas que comparten con el positivismo una misma concepción básica del derecho. Por esto –como ya se ha señalado–, estos resurgimientos del iusnaturalismo han sido, por lo general, retornos al derecho natural moderno y racionalista. La idea que, de nuevo, ha sido propuesta y reivindicada es la idea de un orden normativo racional, cognoscible y válido universalmente, que es separable y, a la vez, patrón del derecho positivo, es decir, de cada ordenamiento jurídico histórico. Y se trata de un orden que, como reconoce Hervada, refiriéndose en concreto a la neoescolástica, ha sido convertido, en el fondo, en un orden moral[1].

[1] Javier Hervada, Lecciones propedéuticas…, op. cit., p. 513.