RESUMEN:
De la Vega cuestiona dos argumentos clásicos que se utilizan para distinguir entre el amor de amistad y la relación jurídica. El primero de ellos se podría formular así: el amor en sí mismo es un acto que no engendra en el beneficiario ningún deber jurídico de correspondencia; y la segunda, es que el acto de caridad no responde a ningún deber previo, es decir, no hay obligación a la caridad. De la Vega responde al primera argumento diciendo que la amistad sólo se mantiene en la correspondencia recíproca, y que la unilateralidad del acto de amistad es un estadio previo o final, pero no es su estado normal. Y al segundo diciendo que las obras de la amistad se pueden decir desinteresadas si se entiende que no tienen otros interés que la relación misma de amistad (y la correspondencia que ésta supone). Por eso quien espera correspondencia a sus actos de amistad, no desmoraliza su acción, sino que busca la comunión que se da en la reciprocidad. Esta communio es vista por Aristóteles como el fin de la misma vida moral: es un deber moral la realización, y ésta sólo se verifica en la comunión, por lo tanto la búsqueda de la comunión ?y la reciprocidad que ésta- es un cierto deber moral del hombre. La ética kantiana individualista ha presentado la moral como realización puramente individual, desvinculada de la comunión, y por eso tiende a ver en la búsqueda de correspondencia en la amistad una falta de moralidad.


TEXTUAL:
p. 471-473

§3 De todas formas, para poder integrar el amor en la justicia hay que dar respuesta a dos objeciones que se formulan al respecto. La primera de ellas sostiene que el amor es en sí mismo un acto unilateral de la voluntad, mientras que la justicia requiere siempre alteridad. La segunda, conectada con la anterior, consiste en objetar que el amor responde, cuando es auténtico, a un don y no a un deber.

En cuanto a la primera, la respuesta está en la amistad. En sí mismo el amor es un acto de voluntad, como también la justicia en sí misma, como virtud, es un hábito radicado en una voluntad. Pero esto no da razón de todo el significado del amor, como tampoco lo da del de la justicia. En su más excelsa manifestación como benevolencia, el amor tiende a la amistad, lo cual supone correspondencia. Su carencia hace referencia no tanto a un sostenido amor unilateral, sino más bien a un estado inicial imperfecto de amistad ofrecida y todavía no correspondida, o a un estado final igualmente imperfecto de extinción de una amistad, en el que todavía se mantiene su ofrecimiento cuando ya ha dejado de corresponderse. En todo caso, son estados inestables y dinámicos -el amor crece o se apaga- correspondientes a lo que podríamos llamar "el movimiento del amor", pero en todo caso su referencia última y el fin a que se ordenan es la amistad establemente correspondida. El mismo análisis de la realidad, tanto de la amistad en cuanto estado subjetivo como de la amistad como situación objetiva, lo confirma. Puede existir un amor no correspondido, pero no responde al amor perfecto; y, si llega ya a carecer de la expectativa de correspondencia, sencillamente se extingue.

Y, acerca de la segunda objeción [que la obra de justicia responde a un deber, mientras que la amistad es sólo un don que no presupone ningún deber] , hay que reconocer que es tradicional afirmar que el amor más noble es el más desinteresado. Es cierto, pero sólo hasta cierto punto: se juega aquí a menudo con un equívoco significado del término "interés". Si por éste se entiende cualquier objeto de menor valor que la amistad misma, hay que tener esa afirmación como verdadera. Pero, a la vez, sostener que hay necesariamente egoísmo en un comportamiento moral que busca un quid pro quo es una idea más kantiana que perteneciente a la tradición tomista, y cristiana en general. Responde a una concepción ética radicalmente individualista que no sale de uno mismo ni como fuente ni como finalidad del obrar moral. En cambio, la moral tomista tiene como referencia última un bien común alcanzado socialmente, aunando voluntades, que -a diferencia del kantismo, y del método cartesiano en general- tiene una riqueza superior a la suma de bienes particulares implicados; de ahí que se trate de una antropología -y su vertiente práctica: una moral- de comunión interpersonal, o, mejor aún, social. Por eso la correspondencia al amor debe ser vista como algo más que una devolución: es una integración que da lugar al bien superior de la comunión. De ahí que sea inherente a la naturaleza espiritual el deseo de correspondencia en el amor. La originación de un "nosotros" mediante el amor es mucho más que una simple adición de "yoes" compensados.


FUENTE:
DE LA VEGA HAZAS, Julio: Justicia, amistad, caridad y sociedad cristiana (Revista) AA.VVV. CRISTIANISMO EN UNA CULTURA POSTSECULAR, , Ed.Eunsa, 2006 Pamplona p. 471-473


FUENTE AMPLIADA:
DE LA VEGA HAZAS, Julio: Justicia, amistad, caridad y sociedad cristiana Ed. Eunsa, Pamplona, 2006


CLAVES: Amistad > Justicia y amistad > Justicia, amistad y comunidad