RESUMEN:
No es verdad que las circunstancias no alteren la especie del acto virtuoso, y que por eso tampoco puedan alterar las de un pecado. Pues hay circunstancias que sí alteran la especie del acto virtuoso, como por ejemplo dar mucho dinero para construir un templo es un acto de religión, en cambio dar mucho dinero para construir un palacio puede ser un acto de magnificencia sin más.


TEXTUAL:
10. El pecado se opone a la virtud. Pero una circunstancia no varía la especie de virtud; pues la liberalidad o misericordia ejercida hacia un clérigo o un laico es la misma virtud. Luego, la circunstancia no da la especie al pecado.

10. A LO DÉCIMO debe decirse que también en las virtudes, la circunstancia modifica la especie, aunque no toda: pues hacer grandes gastos es un acto de magnificencia; pero hacer grandes gastos en la construcción del templo es un acto de religión



FUENTE:
DE AQUINO, Tomás: Cuestiones disputadas sobre el mal (Libro) , , Ed.Eunsa, 1997 Pamplona q.2 [Sobre los pecados], a.6 [Si una circunstancia da la especie al pecado o cambia la misma haciéndola pasar de un género a otro], ob.10 y ad.10


FUENTE AMPLIADA:
DE AQUINO, Tomás: Cuestiones disputadas sobre el mal Ed. Eunsa, Pamplona, 1997 (1268)


CLAVES: Acto humano > Especificación de los actos > Circunstancias que cambian la especie